top of page

Información sobre los plazos de la ITE



Seguimos facilitando información acerca de la ITE. Consideramos que es primordial conocer los aspectos de la ITE para poder realizarlas con éxito.


¿Se puede pasar la ITE antes del plazo previsto en la normativa?
Podrá realizarse antes de plazo, no obstante los periodos en los que hay que acreditar la realización de la ITE no se verán modificados.

¿cuándo hay qué pasar la ITE?
En 3eITE ARQUITECTURA realizamos inspecciones técnicas de edificios en todos los municipios de las provincias de Madrid que superen los 25.000 habitantes y exista normativa específica que determine su obligación. Municipios de la provincia de Madrid. Deberán pasar la inspección técnica cada 10 años aquellos edificios que superen los 30 años de antigüedad.

Existen varias formas de averiguar el año de la inspección técnica de su edificio.

En función municipio donde se encuentre ubicado su edificio existe una normativa específica que determina la periodicidad de la inspección.

Si desea conocer el año de construcción de su edificio puede obtenerlo fácilmente en la sede electrónica del catastro.

Edificios situados en el municipio de Madrid.
Si su edificio se encuentra situado en el municipio de Madrid puede consultar el año de la próxima inspección técnica de forma sencilla a través del siguiente enlace de la web del Ayuntamiento de Madrid.

Vencido el plazo para pasar la ITE sin haberla realizado, ¿se impone alguna multa?


En caso de que haya transcurrido el periodo estipulado para la realización de la ITE (según lo establecido en la ordenanza de aplicación) y no se haya presentado el acta de inspección técnica de edificios, la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento ordena su realización otorgando a la propiedad un plazo para llevarla a cabo. Este plazo puede variar en función del municipio donde se encuentre ubicado el edificio, no obstante de forma genérica, transcurrido dicho plazo, pueden aplicarse multas coercitivas cuya cuantía puede variar en función de lo establecido en la ordenanza de aplicación. Finalmente la Administración Municipal puede realizar la inspección de modo subsidiario notificándole a la propiedad la identidad del técnico que realizará la inspección y el coste estimativo de la misma.

¿Cuánto tiempo hay para realizar las obras de subsanación?
Los plazos para acreditar la realización de la obras de subsanación pueden variar en función de lo que haya establecido la normativa en materia de inspección técnica de cada municipio. La Ordenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones del Ayuntamiento de Madrid establece un plazo de dos meses para solicitar la correspondiente licencia urbanística para la realización obras de subsanación de lesiones descritas en el acta de inspección.

En 3eITE ARQUITECTURA, estamos para ayudarle en la realización de las ITE que tiene la obligación de hacer. Para cualquier duda, puede ponerse en contacto con nosotros.

Entradas destacadas
Entradas recientes
Archivo
Buscar por tags
No hay tags aún.
Síguenos
  • Facebook Basic Square
  • Twitter Basic Square
  • Google+ Basic Square
bottom of page