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ITE ¿cuándo debe pasarla un edificio?



La inspección técnica de edificios o ITE se basa en la emisión de un dictamen por un técnico competente donde quedan reflejados los posibles daños y el estado de conservación de un edificio. Es obligatoria y su finalidad es asegurar la conservación y la rehabilitación de los edificios.


Según la normativa vigente en materia de Inspección Técnica de Edificios, la ITE es obligatoria y periódica cada 10 años para todos los edificios que cuenten con una antigüedad superior a 30 años desde su construcción (la obligatoriedad y los plazos pueden variar según los municipios). En aquellos municipios donde la ITE es obligatoria los ayuntamientos han implantado procedimientos metodológicos específicos para dicha inspección de manera que quede asegurado el cumplimiento del deber de conservación de los edificios por sus propietarios.


La inspección técnica de edificios (o ITE) es la revisión periódica de carácter obligatorio que deben pasar todos los edificios de cualquier tipología que cuenten con una antigüedad determinada con el fin de asegurar su correcto estado de conservación y su adecuada habitabilidad (consulte la antigüedad de su edificio).


Una ITE, ¿qué evalúa?

La inspección técnica de edificios cuenta con diversos apartados que determinan las causas de los defectos más comunes que podrían afectar a la seguridad de los ocupantes de un edificio.

Los apartados que contiene el acta de una inspección técnica deben ser evaluados en su totalidad y son los que se indican a continuación:


a: estado de la estructura y cimentación

b: estado de fachadas interiores, exteriores, medianeras y otros elementos

c: estado de conservación de cubiertas y azoteas

d: estado de las redes generales de fontanería y saneamiento

e: estado de los elementos de accesibilidad existentes en el edificio


La inspección técnica de un edificio determinará si estas partes están en perfecto estado de uso y su funcionamiento es el adecuado, o si precisan de alguna reparación para asegurar su correcto estado.


¿Quién debe pasarla?

La obligación de pasar la ITE recae sobre los propietarios de los inmuebles. Personas físicas o jurídicas que ostenten la titularidad de la propiedad de cualquier tipología de edificación.


¿Quién realiza la inspección técnica de edificios?

La ITE se lleva a cabo por profesionales cualificados e independientes facultados legalmente; arquitectos, arquitectos técnicos o por entidades de inspección técnica homologadas y registradas de acuerdo con lo dispuesto en la normativa aplicable. Ellos son quiénes determinan el estado general del inmueble y emiten el correspondiente informe.


RESULTADO DE LA INSPECCIÓN

Una vez realizada la inspección queda reflejado en el informe correspondiente el resultado de la misma. Este puede ser:


· Favorable. Cuando el edificio cumple con las condiciones exigidas en la Normativa vigente en materia de inspección técnica de edificios.


· Desfavorable. Cuando como consecuencia de la inspección se deduce que el edificio no alcanza las condiciones mínimas exigidas en uno o varios de los apartados reflejados en la Normativa vigente en materia de inspección técnica de edificios. En este caso se deberán realizar las obras de reparación correspondientes a las lesiones detectadas durante la inspección.

La realización de las mismas deberá de acreditarse mediante el certificado de idoneidad o informe equivalente.

Con la presentación por parte de la comunidad del acta oficial en los registros municipales, se cumple con la obligación de la realización de la inspección técnica.


¿Cuándo hay que pasar una ITE?

Existen varias formas de averiguar el año de la inspección técnica de su edificio. Puede realizar esta consulta mediante alguna de las opciones que se detallan a continuación.


Normativa

En función municipio donde se encuentre ubicado su edificio existe una normativa específica que determina la periodicidad de la inspección.


· Municipios de la provincia de Madrid. Deberán pasar la inspección técnica cada 10 años aquellos edificios que superen los 30 años de antigüedad


Otras formas de saber cuándo pasar la ITE

· edificios situados en el municipio de Madrid

Si su edificio se encuentra situado en el municipio de Madrid puede consultar el año de la próxima inspección técnica de forma sencilla a través del siguiente enlace de la web del Ayuntamiento de Madrid.


· carta del ayuntamiento

Cada administración local determina la modalidad de control por ello las comunidades de vecinos de algunos municipios reciben una comunicación donde se les indica la obligación de realizar la inspección técnica de su edificio.


Si lo prefiere también puede contactarnos y le indicaremos el año en el que deberá realizar la inspección técnica de su edificio





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