Cédula de habitabilidad. ¿He de exigirla a mi casero? ¿He de ofrecerla si alquilo o vendo una propie

A la hora de habitar un piso, existen ciertos trámites y certificados que son necesarios, entre ellos la cédula de habitabilidad que asegura y garantiza que la estancia está totalmente preparada y capacitada para ser usada como vivienda. Estos certificados y documentos los solemos archivar y guardar celosamente junto a otros documentos importantes como facturas, informes etc., de forma que cuando alquilamos una vivienda, podemos encontrarnos con que quedan en manos del casero. ¿Debe proporcionarnos una copia?, ¿Debemos exigirle como inquilinos con plenos derechos sobre el piso, la cédula de habitabilidad?
Un derecho propio del alquiler
Más allá de que haya obligación o no, una vez se establece y se firma un contrato de alquiler, el inquilino ejerce de propietario legal durante el plazo por el cual se estipula, y como tal tiene el derecho de poseer copias de todos los documentos que sirvan para verificar la titularidad de la propiedad, entre ellos la cédula de habitabilidad.
Un contrato de alquiler llevado en las condiciones y en los términos adecuados, actúa más allá de una simple entrega de llaves. Esta es una cuestión de equiparación de derechos entre inquilino y arrendador, pero además ciertamente existe la obligatoriedad de tener al alcance y en regla la cédula de habitabilidad, al igual que ocurre respecto al certificado de eficiencia energética cuyos usos van más allá del de simple garantía.
Cédula de habitabilidad: un documento necesario además de garantía
La base de deber exigirle al casero la cédula de habitabilidad si no la proporciona es que su uso no sólo se limita a garantizar las óptimas condiciones de la vivienda, sino que se trata de un documento necesario y obligatorio que nos reclamarán para cualquier gestión a realizar en la propiedad. Gestiones tan comunes como cambio de titularidad en los recibos, contratar seguros o nuevos servicios (desde teléfono, internet, agua, luz, gas) etc.
Por otra parte, es un documento cuya posesión interesa a partes iguales tanto a casero como a inquilino, por lo que no se debe ver como una inconveniencia o perjuicio el que lo tenga uno u otro a menos que se deba a su inexistencia, caso que conlleva una irregularidad denunciable.
Hemos visto que es necesaria para que el inquilino gestione la propiedad, pero también supone un salvoconducto para el propietario que, sin su ofrecimiento, deberá continuar con la titularidad de todos los servicios básicos (luz, agua y gas) y por tanto responder ante impagos o uso fraudulento de éstos.
Un contrato útil y válido
Para evitar tanto confrontaciones como molestias ante cualquier gestión, todo contrato de alquiler debe venir acompañado de los certificados antes mencionados: certificado de eficiencia energética y cédula de habitabilidad donde se refleje el número de la cédula del piso alquilado y la referencia catastral del piso, además de las especificaciones, garantías, derechos y obligaciones que se quieran estipular dentro de los márgenes legales.
Cualquier documento que no se acompañe adecuadamente debe ser reclamado, ya que aunque pueda no influir en el día a día, se puede necesitar en algún momento y el no tenerlo disponible conlleva perjuicios tanto económicos como de gestión que pueden dar lugar a conflictos entre casero e inquilino.
Anticipa las necesidades de tus inquilinos ofreciéndoles todos los certificados de arquitectura
Los certificados, debido a relacionarse con temas burocráticos, se han convertido en algo que causa cierto reparo de solicitar y administrar. Pensar en largas colas, esperas, manejar documentación etc. Ha creado un ecosistema alrededor del término certificado que da la falsa sensación de que obtener uno es más complicado de lo que realmente es.
Lo que hemos olvidado debido a esta falsa concepción, es que la naturaleza de los certificados es facilitar posteriores gestiones, además de asegurar que absolutamente todo está en orden para tranquilidad de quien lo pide y quién lo ofrece.
Es por ello por lo que debemos pensar en los certificados como un salvoconducto y no como una traba. Pese a que muchos de ellos son obligatorios, no es su intención expedirlos para evitar multas, sino para garantizar que todo está como debe estar.
Un plus a la hora de ceder la propiedad
La presentación de certificados de vivienda es algo más que necesario a la hora de alquilar o vender una propiedad, donde nos encontramos en la obligatoriedad de ofrecer una cédula de habitabilidad y un certificado de eficiencia energética, pero donde también podemos ofrecer otros certificados como un informe pericial que asegure el buen estado de la propiedad ante posibles futuros reclamos o facilitar la gestión si se diera el caso.
Sobre todo al momento de alquilar una propiedad, donde la relación inquilino-propietario se pretende alargar en el tiempo, pretendemos que la relación sea lo más fluida posible y que no surjan posibles reclamaciones, ya sea por el papeleo oportuno o por algún desperfecto, un mes sí, y otro mes también.
Es por ello que, al momento de la firma del contrato, si somos transparentes y no sólo adelantamos papeleo ofreciendo los certificados obligatorios, sino que garantizamos mediante el contenido de estos que la propiedad es energéticamente eficiente y 100% habitable, estaremos ofreciendo a nuestros inquilinos la tranquilidad de que la vivienda es apropiada para el alquiler y evitaremos molestias como el papeleo extra a la hora de contratar servicios de consumo eléctrico, agua, gas etc.
Estos pequeños gestos mejoran la comunicación propietario-inquilino, reduce molestias y ofrece la tranquilidad totalmente necesaria para todas las partes ante la cesión de una propiedad.