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Rehabilitación de edificios sostenibles. Plan Estatal


Corren buenos tiempos para la compra-venta de viviendas. Según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), en agosto se firmaron en España un total de 26.583 hipotecas sobre vivienda. Ello apunta a un incremento del 29,1% con respecto al mismo mes del año anterior.

Las regiones con mayor número de hipotecas constituidas sobre viviendas fueron Andalucía (5.877), Comunidad de Madrid (4.471) y Cataluña (3.987). Destaca el dato de Madrid, donde las hipotecas sobre viviendas crecieron un 42,9% en relación con el mismo mes del año anterior.

En este contexto, es un buen momento para poner nuestras viviendas al día, tanto si la queremos vender como si la queremos alquilar. Para proceder a ello, la normativa nos obliga a contar con los certificados energéticos al día, como garantía de que el edificio cumple con los requisitos en respeto al medio ambiente y consumo sostenible.

¿Más gastos? No te asustes, porque existen ayudas estatales para facilitar los trámites. Si eres de lo que apuesta por la rehabilitación de edificios sostenibles.

Te ayudamos a conocer las ayudas disponibles a tu disposición en 3eite Arquitectura.

Qué incluye el Plan estatal de vivienda 2018-2021

El nuevo Plan estatal de vivienda estará destinado a conceder a ayudas a estos programas:

  1. Subsidiación de préstamos convenidos.

  2. Ayuda al alquiler de vivienda.

  3. Ayuda a los desahuciados de su vivienda habitual.

  4. Fomento del parque de vivienda en alquiler.

  5. Fomento de mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en viviendas

  6. Fomento de la conservación y mejora de la accesibilidad en viviendas.

  7. Fomento de la regeneración y renovación urbana y rural.

  8. Ayuda a los jóvenes.

  9. Viviendas para personas mayores.

  10. Ayuda a personas mayores.

¿Cómo me ayudan a la rehabilitación de edificios sostenibles?

El programa 6 tiene como objeto impulsar la de los informes de evaluación de los edificios. Cuando se mencionan dichos informes en el documento del Ministerio, se refieren a los certificados de accesibilidad, a los certificados de eficiencia energética, y a los informes que avalan el estado de conservación de los mismos.

Sus beneficiarios son múltiples, dado que estas ayudas van dirigidas a Comunidades de vecinos que deseen actualizar el bloque, a agrupaciones de comunidades y a propietarios de edificios cuyo uso es residencial, es decir, que los pisos se destinen a uso particular y no a oficinas.

Dentro del apoyo, existe una pequeña aportación económica, cuya cuantía se distribuye de la siguiente manera:

  • Límite máximo por vivienda: 20€.

  • Límite máximo por 100 m2de superficie útil de local: 20€

  • Máximo total por edificio: 500€ o el 50% del coste del informe.

¿Quién gestiona las ayudas? ¿Dónde solicitarlas?

Aunque estamos hablando en todo momento de que se trata de un Plan Estatal de Vivienda, son las propias Comunidades Autónomas las que gestionen la tramitación, resolución, pago, abono y reconocimiento del programa.

Pero ya sabes lo complejo que es entender las normativas públicas y saber interpretarlas. Busca el mejor asesoramiento de la mano de profesionales que aporten luz a todas tus dudas.

Dese el Ministerio de Fomento se ofrecen ayudas para la rehabilitación de viviendas, de fachadas y de edificios. Sin embargo, sólo el 5% de las personas que han reformado su casa han solicitado una de estas ayudas.

¿Qué requisitos deben cumplir los inmuebles?

Para solicitar una ayuda a la rehabilitación de fachadas y edificios, estos inmuebles deben cumplir estas 3 condiciones:

. Antigüedad mínima de 15 años (excepto para la eliminación de barreras arquitectónicas para personas con discapacidad o para la adaptación de las instalaciones a la normativa posterior).

. Que los edificios sean adecuados estructural y funcionalmente o que alcancen dicha adecuación con la rehabilitación que se va a realizar.

. Que la superficie útil destinada a vivienda, sea como mínimo el 60% de la superficie útil total del edificio.

¿Qué tipo de ayudas hay?

Las ayudas para la rehabilitación de fachadas y edificios se dividen en 3 tipos diferentes:

1.- Préstamos cualificados.

Se trata de préstamos que pueden alcanzar la totalidad del presupuesto necesario con un plazo máximo de amortización de 20 años y con un periodo de carencia de 3 años.

2.- Subsidiación de préstamos.

Una subvención del 20% de la cuota del préstamo, cuando el titular del préstamo sea el arrendatario o el propietario de una o varias viviendas en el edificio rehabilitado y sus ingresos familiares no superen en 5,5 veces el SMI.

3.- Subvenciones.

Subvenciones máximas del Ministerio de Fomento en función de las siguientes condiciones:

Subvención general: 1.240€.

Para ingresos inferiores a 3,5 SMI: 3.100€.

Para mayores de 65 años con ingresos inferiores a 3,5 SMI: 3.41€.

Para arrendadores sujetos a prórroga forzosa: 3.720€.

¿Cómo tramitar la ayuda?

La Comunidad Autónoma donde está situado el edificio o vivienda es la que tramita la ayuda. La solicitud de esta ayuda deberá dirigirse al órgano competente en materia de vivienda de la Comunidad Autónoma y tramitarse según las condiciones que establezca cada una de ellas.

No pierdas la oportunidad de solicitar las ayudas si te encuentras en Madrid, con 3eite Arquitectura. ¡Infórmate sin compromiso!


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