Accesibilidad "obligatoria" en locales y viviendas a partir del 4 de Diciembre

El 3 de diciembre del 2013, se publicó en el Boletín Oficial del Estado, el Real Decreto Legislativo 1/2013, en el que se refundía la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. En la Disposición adicional tercera, se establecía como plazo máximo el 4 de diciembre de 2017, para que los edificios y las zonas comunes de dichos edificios que no fueran accesibles, se convirtieran en accesibles mediante ajustes y obras razonables.